Los quesos con Denominación de Origen Protegida destinados al consumo irán provistos de una etiqueta o contraetiqueta numerada, expedida por el Consejo Regulador, que deberá ser colocada en los propios locales o cámaras de maduración al término de este proceso.

En las etiquetas propias de cada elaborador que se utilicen en los quesos amparados, figurará obligatoriamente de forma destacada el nombre de la Denominación de Origen.

El etiquetado de los quesos con D.O. únicamente podrán circular y ser expedidos por las queserías e instalaciones inscritas, y en envases autorizados por el Consejo Regulador que no perjudiquen su calidad y prestigio.

 
Pazo de Quián. Sergude. 15881 Boqueixón (A Coruña). Tlf.: 981 51 17 51